viernes 06 de junio de 2025 - Edición Nº298

Economía | 3 jun 2025

País

ARCA extendió los plazos de Ganancias y Bienes Personales: qué patrimonios deben pagar el impuesto

La prórroga alcanza a todos los contribuyentes sin distinción de CUIT. Las nuevas fechas son el 23 de junio para la presentación de declaraciones juradas y el 24 para el pago.


La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció la postergación de los vencimientos para la presentación de declaraciones juradas y el pago de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2024. Esta medida, oficializada mediante la resolución 5702 publicada en el Boletín Oficial, responde a un pedido del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que solicitó más tiempo debido a la carga de trabajo de los profesionales contables.

 

Nuevas fechas de vencimiento

 

Originalmente, los vencimientos estaban programados entre el 11 y el 13 de junio para la presentación de declaraciones juradas, y entre el 12 y el 17 de junio para los pagos, según el número de finalización del CUIT del contribuyente. Con la prórroga, las nuevas fechas son:

  • Presentación de declaraciones juradas: hasta el 23 de junio de 2025.
  • Pago de saldos resultantes: hasta el 24 de junio de 2025.

 

Estas fechas aplican de manera uniforme para todos los contribuyentes, independientemente del número de CUIT.

Impuesto a los Bienes Personales: ¿quiénes deben pagar?

El impuesto a los Bienes Personales correspondiente al año fiscal 2024 afecta a quienes posean patrimonios valuados en más de $293 millones al 31 de diciembre de 2024. La vivienda única está exenta hasta un valor de $1.025,5 millones. Las alícuotas establecidas para este período son del 0,5%, 0,75% y 1%, según el monto del patrimonio declarado.

 

Régimen simplificado de Ganancias

El Gobierno ha anunciado la creación de un régimen opcional simplificado para el impuesto a las Ganancias, destinado a contribuyentes que obtienen la totalidad de sus ingresos dentro del país. Sin embargo, esta nueva modalidad no afecta las obligaciones fiscales que vencen en junio de 2025; por lo tanto, los contribuyentes deben cumplir con las presentaciones y pagos según lo establecido en la normativa vigente.

 

Esta prórroga brinda un alivio temporal a los contribuyentes y profesionales contables, permitiéndoles contar con más tiempo para cumplir con sus obligaciones fiscales de manera adecuada.

 

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