

Mediante el decreto 1027/2024, el gobierno nacional estableció los días no laborables con fines turísticos para el año 2025, éstas son el 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre.
Teniendo en cuenta que el 1 de mayo es el Dia del Trabajador por ende, un feriado inamovible, no sucederá lo mismo para viernes 2, el cual no es un feriado pero sí un día no laborable con fines turísticos. La incorporación de días no laborables con fines turísticos, como el 2 de mayo, responde a una estrategia impulsada por la Ley 27.399, que permite al Ejecutivo establecer "puentes turísticos" para incentivar el turismo interno y dinamizar economías regionales.
Es importante distinguir entre días feriados, los cuales son obligatorios para todos los empleadores y deben dar el día libre a sus empleados, y días no laborables con fines turísticos los cuales son opcionales para los empleadores, esto quiere decir que cada empresa/empleador decide si sus trabajadores se presentan o no a sus puestos.
En tanto sectores públicos no se trabaja, salvo servicios esenciales.