

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) estableció este martes, a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, que no podrán importarse productos médicos y sus accesorios con fecha de vencimiento y/o expiración inferior a seis meses, en vez de los doce meses vigentes hasta ahora.
El objetivo es ampliar la disponibilidad de estos artículos para mejorar la atención médica, asegurando siempre la calidad, eficacia y seguridad de los productos importados.
Frente a esta normativa, desde el Ministerio de Salud de Mendoza, refirieron a El Sol que, “en la actualidad, la Provincia realiza compras de medicamentos con vencimientos a uno o dos años”.
Asimismo, aclararon que “los medicamentos importados adquiridos hace unas semanas, precisamente los de procedencia India, destinados a pacientes con Diabetes, fueron comprados con el objetivo de brindar cobertura por seis meses, con la intención, de sumar, luego, una nueva partida”.
“Las compras que realizamos están planificadas a una cobertura estimada de seis meses, no más. Si bien los vencimientos de los medicamentos se extienden a uno o dos años, las entregas de las dosis no superan el medio año y tiene que ver con la necesidad de no acopiar remedios, sino de brindar respuestas a los que lo necesitan”, indicaron.
Cabe aclarar que esta disposición elimina la necesidad de permisos especiales para productos con vencimiento menor a un año, simplificando los trámites de importación, algo que claramente beneficiaría a Mendoza, ya que es la única provincia del país que ha comenzado a importar remedios de diferentes países como la India, China, Alemania, entre otros.
Sin embargo, desde la ANMAT detallaron que ciertos productos, como filtros para equipos de diálisis, con una vida útil menor o igual a seis meses, seguirán exceptuados siempre que no estén vencidos al ingresar al país.
Para las autoridades del Colegio Farmacéutico de Mendoza (CoFaM), la medida tomada por el organismo no es muy favorable, ya que consideran que seis meses de vencimiento es un plazo muy corto para cualquier tipo de medicación.
“Es muy poco tiempo. Uno no alcanza a tener el remedio en la estantería que ya se vence. Antes, la normativa indicaba un vencimiento de un año y ya nos parecía poco. Esto es una barbaridad que afectará, principalmente, a los farmacéuticos”, expresó Beatriz Cuchi, presidente del CoFaM.
Asimismo, expresó que “un producto médico, como mínimo, debería tener dos años de plazo de vencimiento”.
Por su parte, Rodrigo, responsable de la farmacia La Facultad, indicó que “a las farmacias, último eslabón en la cadena comercial y de distribución, no les influye mucho, ya que si el producto que llega tiene un vencimiento a corto plazo directamente no se recibe o se devuelve”.
El profesional indicó, en contrapartida, que la medida de la ANMAT podría llegar a perjudicar, especialmente, a las droguerías o laboratorios. Pero, en definitiva, “es una decisión de cada uno considerar cuánto tiempo tendrá los productos en stock o no”.
“Las farmacias no importan medicamentos en forma directa, por lo que a nosotros, no nos influye mucho la decisión del organismo”, cerró.
En el marco de la normativa, la ANMAT subrayó que los productos médicos estériles, diseñados para un solo uso, no podrán ser re-esterilizados ni reutilizados, y sus envases originales no deben ser alterados.
En caso de adulteración de la fecha de vencimiento, se aplicarán las sanciones de la Ley Nº 16.463, junto con la posibilidad de una denuncia penal si corresponde.