domingo 27 de abril de 2025 - Edición Nº258

Economía | 7 abr 2025

Jubilados

El Gobierno suspendió pagos de ANSES en abril por feriados: qué jubilados se ven afectados y cuándo cobrarán

Un grupo de jubilados verá retrasado el cobro de sus haberes por el cierre bancario de Semana Santa. ANSES ya reprogramó las fechas y aclaró que el pago estará garantizado.


TAGS: ANSES, JUBILADOS

Durante abril, los jubilados y pensionados de la ANSES enfrentarán una modificación en el calendario de pagos a raíz de los feriados de Semana Santa. La entidad previsional confirmó que habrá un retraso de hasta cuatro días en el cobro de haberes para un grupo determinado de beneficiarios. Esto se debe a que los bancos de todo el país permanecerán cerrados durante cuatro jornadas consecutivas, lo que interrumpe la operatoria normal del sistema financiero.

 

Según el cronograma oficial, los días 17, 18, 19 y 20 de abril —correspondientes al Jueves y Viernes Santo, además del fin de semana— no habrá atención bancaria ni se efectuarán pagos. Como resultado, losjubilados cuyo número de DNI coincide con las fechas de cobro previstas para esos días deberán aguardar hasta el lunes 21 de abril para recibir su haber mensual. ANSES aclaró que, una vez reanudada la actividad bancaria, los fondos estarán disponibles de forma automática.

La modificación no afecta a todos los jubilados por igual, sino exclusivamente a quienes estaban programados para cobrar entre el 17 y el 20. La entidad aconsejó consultar el calendario actualizado en su sitio web oficial (www.anses.gob.ar) para conocer la nueva fecha asignada, evitando confusiones o trámites innecesarios. 

 

De este modo, los pagos con las fechas actualizadas son los siguientes:

Jubilaciones y pensiones que cobran un haber mínimo

  • Documentos terminados en 0, a partir del día 9 de abril.
  • Documentos terminados en 1, a partir del día 10 de abril.
  • Documentos terminados en 2, a partir del día 11 de abril.
  • Documentos terminados en 3, a partir del día 14 de abril.
  • Documentos terminados en 4, a partir del día 15 de abril.
  • Documentos terminados en 5, a partir del día 15 de abril.
  • Documentos terminados en 6, a partir del día 16 de abril.
  • Documentos terminados en 7, a partir del día 21 de abril.
  • Documentos terminados en 8, a partir del día 22 de abril.
  • Documentos terminados en 9, a partir del día 23 de abril.

Jubilaciones y pensiones que sí superan un haber mínimo

  • Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 24 de abril.
  • Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 25 de abril.
  • Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 28 de abril.
  • Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 29 de abril.
  • Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 30 de abril.
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